Superintendencia del Mercado de Valores
Reseña Histórica
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) fue creada
formalmente mediante la Ley Nº 17020, publicada
el 29 de mayo de 1968, bajo la denominación de Comisión
Nacional de Valores, habiendo iniciado sus funciones con la promulgación del
Decreto Ley N° 18302, publicada el 03 de junio
de 1970. Dicha norma dispuso
que la Comisión Nacional de Valores sería un organismo público desconcentrado del
sector economía y finanzas, responsable del estudio, reglamentación y
supervisión del mercado de valores, de las bolsas de valores, de los agentes de
bolsa y demás partícipes de dicho mercado.
La SMV es un organismo técnico especializado adscrito
al Ministerio de Economía y Finanzas
que tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la
eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta
formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales
propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción. Tiene
personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional,
administrativa, económica, técnica y presupuestal.
Finalidad
y Funciones
La
Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo técnico
especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por finalidad velar
por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia
de los mercados bajo su supervisión,
la correcta formación de precios y la difusión de toda la información
necesaria para tales propósitos. Tiene personería jurídica de derecho público
interno y goza de autonomía funcional, administrativa económica, técnica y presupuestal.
Son funciones de la SMV las siguientes:
a.
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Dictar las normas legales que regulen materias del
mercado de valores, mercado de
productos y sistema de fondos colectivos.
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b.
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Supervisar
el cumplimiento de la legislación del mercado de valores, mercado de
productos y sistemas de fondos colectivos por parte de las personas naturales
y jurídicas que participan en dichos mercados.
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Las
personas naturales o jurídicas sujetas a la supervisión de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones (SBS) lo están también a la SMV en los aspectos que signifiquen una
participación en el mercado de valores bajo la supervisión de esta última.
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c.
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Promover y
estudiar el mercado de valores, el mercado de productos y el sistema de
fondos colectivos.
Asimismo,
corresponde a la SMV supervisar el cumplimiento de las normas internacionales
de auditoría por parte de las sociedades auditoras habilitadas por un colegio
de contadores públicos del Perú y contratadas por las personas naturales o
jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV en cumplimiento de las normas
bajo su competencia, para lo cual puede impartir disposiciones de carácter
general concordantes con las referidas normas internacionales de auditoría y
requerirles cualquier información o documentación para verificar tal
cumplimiento.
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